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La Justicia española comienza a reconocer como DISCRIMINATORIOS los DESPIDOS DURANTE BAJA POR ENFERMEDAD

REJ – GABINETE JURÍDICO en Prensa:

 

 

 

Una sentencia de un juzgado de Mataró declara discriminatorio el despido de un trabajador mientras estaba de baja por epilepsia, algo que en España se solucionaba hasta ahora abonando un despido improcedente.

El fallo aplica la doctrina europea que dice que los despidos de personas que se encuentran de baja por enfermedad o accidente durante un periodo indeterminado son discriminatorios y, por tanto, nulos.

La nulidad obliga a las empresas a readmitir a la persona afectada; un criterio muy distinto al que seguía el Tribunal Supremo, que decía que bastaba con abonar la indemnización por despido improcedente.

El abogado que ha representado al trabajador y ganado el caso ha sido Ernest Hernández, de REJ Gabinete Jurídico.

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REJ GABINETE JURIDICO CONSIGUE NULIDAD EN DESPIDO

REJ GABINETE JURIDICO CONSIGUE NULIDAD EN DESPIDO

El Juzgado Social nº. 1 de Mataró ha declarado la nulidad del despido de un trabajador, defendido por REJ Gabinete Jurídico, aplicando la Doctrina dictada al caso Daouidi, gracias a la Sentencia del TJUE de 1.12.2016 (Caso Daouidi), interpretando la Directiva 2000/78, así como el art. 6.1 del Convenio 158 OIT.

El trabajador fue despido según la empresa por una disminución voluntaria y continuada de su rendimiento de trabajo cuando conocía que el trabajador había tenido 4 episodios de epilepsia (entre finales de febrero 2017 y el 5 de mayo de 2017), cursando procesos de IT de duración incierta que conllevaba la imposibilidad legal del trabajador de conducir vehículos durante 1 año.

El trabajador prestaba servicios en Igualada, Mataró y Girona precisando de su vehículo para los desplazamientos entre los citados centros.

La Juez considera, a la luz de la Sentencia del TJUE, que el despido del trabajador constituye una discriminación directa por razón de discapacidad o alternativamente indirecta, teniendo en cuenta que, debido a la larga evolución de su enfermedad, su despido ha supuesto una “barrera” al impedir su recuperación y con ella “la participación plena y efectiva del interesado en la vida profesional en igualdad de condiciones de los demás trabajadores”.

Si te despiden estando de baja (por accidente o enfermedad), ¡no dejes de consultarnos! En REJ Gabinete Jurídico podemos ayudarte.